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El debate sobre los derechos humanos

Una de las controversias de larga duración en torno a la Declaración Universal de Derechos Humanos atañe a la medida en que los derechos indicados en la Declaración son, en realidad, universales. Una línea de razonamiento postula que el marco de derechos humanos no puede presentar una posición universal, por varias razones: en primer lugar, la Declaración originaria fue ratificada por el selecto grupo de países, mayormente europeos, representados en las Naciones Unidas en 1948; a la sazón, algunos de los mismos países que proclamaron la universalidad de la Declaración aún estaban manteniendo colonias. En segundo lugar, esos países redactaron la Declaración sobre la base de sus propias premisas culturales, sus experiencias constitucionales y sus luchas políticas, por ejemplo, la que tuvo por objeto separar religión y Estado. Desde esta perspectiva, el marco de derechos humanos refleja culturas y valores “occidentales” y presta poca atención a las suposiciones y experiencias propias de otras culturas; por ejemplo, el hincapié que se hace en los derechos individuales a la propiedad refleja un concepto de propiedad que estaba lejos de ser universal antes del período colonial. Según esta perspectiva, en ese marco “se minimiza la importancia de la comunidad…[y] se trata de imponer un modelo individual de los derechos que está reñido con modalidades de vida no occidentales”. También con respecto a este tema, muchos países en desarrollo no han experimentado las luchas políticas “entre la Iglesia y el Estado”, como ocurrió en Europa y los Estados Unidos, y en algunos casos hay considerable resistencia a colocar la religión exclusivamente en el ámbito privado.

Esas argumentaciones se han oído en países tanto desarrollados como en desarrollo: en 1947, incluso antes de aprobar la Declaración, la American Anthropological Association (Asociación Estadounidense de Antropología) cuestionó su universalidad:
Cómo podría la Declaración propuesta ser aplicable a todos los seres humanos y no ser una Declaración de derechos ideada sólo en términos de los valores prevalecientes en los países de Europa occidental y en los Estados Unidos? … Los estándares y los valores son relativos a las culturas de las que derivan, de modo que cualquier intento de formular postulados dimanados de las creencias y los códigos morales de una cultura, necesariamente y en esa medida menoscaba la aplicabilidad de cualquier Declaración de Derechos Humanos a toda la humanidad en su conjunto.

Dadas esas preocupaciones, algunos opositores de la posición universalista exhortan a adoptar un enfoque multicultural para estructurar y adaptar el marco de derechos humanos, posiblemente con inclusión de los procesos requeridos para adjudicar derechos humanos; mientras la aplicación de la Declaración depende de mecanismos jurídicos oficiales del Estado, al igual que en los modelos europeos, algunos países del Sur destacan la eficiencia y eficacia de sus normas y procedimientos consuetudinarios, inclusive los religiosos. (Algunos juristas reconocen que este enfoque es práctico y aducen que los costos del acceso al sistema jurídico suelen ser prohibitivos para los hombres y las mujeres comunes; y que los procedimientos consuetudinarios, cuando están apropiadamente armonizados con los derechos humanos, proporcionarían un acceso más inmediato).
Otros rechazan determinadas disposiciones de derechos humanos por motivos culturales. Algunos de los más cáusticos cuestionamientos de la universalidad del marco de derechos humanos se refieren a convenciones percibidas como instrumentos que menoscaban las normas culturales y religiosas relativas a la familia y las relaciones entre hombres y mujeres. Otras reservas se basan en motivos políticos, jurídicos o constitucionales.

"Después de todo, Dónde comienzan los derechos humanos? En lugares pequeños, cerca del hogar, tan cercanos y tan pequeños que no pueden verse en ningún mapa del mundo. No obstante, son el mundo de cada persona individual, el vecindario en que vive, la escuela a la que asiste, la fábrica, granja u oficina donde trabaja. Esos son los lugares donde cada hombre, cada mujer o cada niño busca igual justicia, iguales oportunidades e igual dignidad, sin discriminación. A menos que estos derechos tengan un significado en esos lugares, tienen escaso significado en general”.
—Eleanor Roosevelt

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Este fragmento forma parte del capítulo 2: Fomento del apoyo a los derechos humanos del informe Estado de la población mundial 2008, publicado por el Fondo de Población de Naciones Unidas y presentado hace unas semanas.

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